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UNIDAD DE ATENCIÓN ARANCELARIA 

Descuentos Por Pago Contado

Los alumnos para acceder al descuento por pago contado, deberán extraer su boleta, la cual está disponible  en el Portal Académico de alumnos, eligiendo boleta "Anual", en caso de querer pagar al Contado el total del Arancel Anual o,  boleta "Semestral" si pagara  al contado el 50% del Arancel Anual. Estas contendrán los descuentos por pago contado que se indican a continuación según sea el caso.  

1) DESCUENTO 5%:

Para aquellos alumnos que paguen al contado el Arancel Anual 2024 , en forma anticipada y a más tardar Hasta el 28 de marzo de 2024, se les otorgará un 5% de descuento sobre el Arancel Anual que les es exigible. No es aplicable a los alumnos beneficiados con créditos, rebajas y becas.

Este descuento no será aplicable a aquellos alumnos que sólo permanezcan uno de los dos semestres que comprende el año académico.

2) DESCUENTO 2.5%:

Para aquellos alumnos que paguen al contado, en forma anticipada el Arancel Semestral, equivalente a la mitad del Arancel Anual que les es exigible, se otorgará un descuento del 2.5% sobre el Arancel semestral, en 2 períodos: el primero con vencimiento el 28 de marzo de 2024 y el segundo con vencimiento el 30 de Agosto de 2024. No es aplicable a los alumnos beneficiados con créditos, rebajas y becas.

 IMPORTANTE:

a) Los descuentos no son acumulativos y  son incompatibles con otros descuentos o rebajas contenidos en el Reglamento de Aranceles de Pre y Post Grado como de Convenios que haya suscrito la Universidad con otras instituciones.

b) Se debe considerar que los descuentos se anularán en caso de suspensión, postergación o renuncia independientemente de las causas que generaron esta petición; así como también en caso de eliminación académica.

c) En caso de realizar pago contado del Arancel (anual o semestral)  con cheque y por cualquier causal éste fuese protestado y no pagado por la institución bancaria,  se entenderá que el alumno o alumna,  pierde el beneficio del descuento.

Rebajas Arancelarias

Las Rebajas contempladas en Reglamento de Aranceles de Pre y Post Grado y en Convenios con instituciones, son exenciones de pagos en el Arancel, por monto que oscilan a porcentajes equivalentes al 100% del Arancel Anual o  inferiores a este, cuya duración es semestral o anual. Debiendo el interesado ejercer el derecho semestre a semestre en los plazos contemplados para ello.

El período por el cual Académicos, Administrativos y Alumnos se deben regir, para solicitar los beneficios antes indicados para el año , son los que se indican a continuación:

 PRIMER SEMESTRE  : 

REBAJA ARANCELES

SOLICITUD REBAJA ARANCELES

en la misma fecha de inscripción de asignaturas (plazo no aplica para alumnos

de primer año)

REPORTE DE OFERTA ACADÉMICA PARA EVALUACIÓN REBAJA ARANCEL POR MENOR ACADÉMICA

5 días después de finalizado el periodo de modificación de asignaturas por Dirección de carrera

RESOLUCIONES POR REBAJAS DE ARANCEL

30 días corridos desde la solicitud de rebaja de aranceles

 

Quienes presenten sus solicitudes fuera de estos plazos, no tendrán derecho a que se les otorguen los beneficios estipulados en el Reglamento de Aranceles de Pre y Postgrado y/o en los Convenios respectivos. SEGUNDO SEMESTRE:  

REBAJA ARANCELES
SOLICITUD REBAJA ARANCELES en la misma fecha de inscripción de asignaturas.
REPORTE DE OFERTA ACADÉMICA PARA EVALUACIÓN REBAJA ARANCEL POR MENOR ACADÉMICA  5 días después de finalizado el periodo de modificación de asignaturas por Dirección de
carrera
RESOLUCIONES POR REBAJAS DE ARANCEL 30 días corridos desde la solicitud de rebaja de aranceles

 Los beneficios contemplados en el Reglamento de Aranceles deben ser solicitados en la respectiva unidad académica. En el caso de los beneficios contenidos en los Convenios suscritos por la Universidad con diferentes Instituciones, las respectivas solicitudes deberán presentarse, dentro de los plazos antes indicados, en la Unidad de Atención Arancelaria , dependiente de la Dirección General Económica. 

Para los beneficiarios  de Convenios que se encuentren en los Campus, las respectivas solicitudes deberán efectuarlas en su unidad en los plazos antes indicados, quienes remitirán al día siguiente de los vencimientos de los plazos las solicitudes a la Unidad de Atención Arancelaria, para su tramitación.