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UNIDAD DE ATENCIÓN ARANCELARIA 

¿Cómo financio el Arancel de pregrado?

El Arancel Anual puede ser financiado directamente por el alumno o por quién financia sus estudios, pagando este en dinero efectivo o cheque o tarjetas de crédito o débito.

Quienes por su situación económica se ven impedidos de financiar directamente la totalidad de su Arancel Anual pueden acceder a financiamiento, tales como: Crédito del Fondo Solidario, Crédito Aval del Estado (CAE), Becas y Gratuidad.

Crédito del Fondo Solidario

Es un beneficio que se otorga a los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores, también denominadas Universidades Tradicionales, para financiar parte o el total del arancel de referencia anual de la carrera. Mayor información en www.becasycreditos.cl.

 Consultas en Unidad de Beneficio - DAE.  Email:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., fono : (32) 299 5658.

Crédito Aval del Estado (CAE)

Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico, que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna de las instituciones de Educación Superior Acreditadas que forman parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal. Mayor información en www.ingresa.cl.

 Consultas en Unidad de Beneficio - DAE.  Email:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., fono : (32) 299 5658.

Becas

Son ayudas económicas dirigidas a financiar  la totalidad o parte del arancel anual de la carrera. Mayor información en www.becasycreditos.cl.

 Consultas en Unidad de Beneficio - DAE.  Email:   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., fono : (32) 299 5658.

Rebajas Arancelarias

Las Rebajas contempladas en Reglamento de Aranceles de Pre y Post Grado y en Convenios con instituciones, son exenciones de pagos en el Arancel, por monto que oscilan a porcentajes equivalentes al 100% del Arancel Anual o  inferiores a este, cuya duración es semestral o anual. Debiendo el interesado ejercer el derecho semestre a semestre en los plazos contemplados para ello.

 Quienes presenten sus solicitudes fuera de estos plazos, no tendrán derecho a que se les otorguen los beneficios estipulados en el Reglamento de Aranceles de Pre y Postgrado y/o en los Convenios respectivos.

Los beneficios contemplados en el Reglamento de Aranceles deben ser solicitados en la respectiva unidad académica. En el caso de los beneficios contenidos en los Convenios suscritos por la Universidad con diferentes Instituciones, las respectivas solicitudes deberán presentarse, dentro de los plazos antes indicados, en la Unidad de Atención Arancelaria, dependiente de la Dirección General Económica.

Para los beneficiarios  de Convenios que se encuentren en los Campus, las respectivas solicitudes deberán efectuarlas en su unidad en los plazos antes indicados, quienes remitirán al día siguiente de los vencimientos de los plazos las solicitudes a la Unidad de Atención Arancelaria, para su tramitación.